15 de May de 2024
Edición 6966 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 16/05/2024

Piden que los jueces subrogantes tengan acuerdo del Senado

Lo propuso un grupo de jueces y camaristas a través de un proyecto de ley que ya está en poder de la diputada y consejera Diana Conti. De esa manera, buscan que exista un sistema de protección similar al de los magistrados designados de manera definitiva. Aseguran que los subrogantes tiene menos garantías y están a merced de eventuales influencias de otros poderes del Estado o de factores sociales de presión.

 
Con la premisa de fortalecer el desempeño de los jueces subrogantes y molestos por la situación de fragilidad que atraviesan muchos de quienes fueron designados para ejercer la magistratura judicial por un plazo limitado, un grupo de jueces y funcionarios propuso a través de un proyecto de ley, que ya está en poder de la diputada Diana Conti, y al que tuvo acceso este medio, que el Senado de la Nación otorgue acuerdo a los jueces subrogantes, tal como lo hace con el resto de los magistrados.

“La participación del Senado –explica la iniciativa- sería de igual naturaleza y alcance que la que este cuerpo asume cuando otorga su acuerdo a los candidatos propuestos como conjueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para el caso de excusación o recusación de alguno de los ministros de ésta”.

Para ello, las Cámaras Nacionales y las Cámaras Federales, así como los Tribunales Orales (nacionales y federales) deberán confeccionar las listas de los jueces, funcionarios y abogados en condiciones de desempeñarse como jueces subrogantes y presentarlas ante el Consejo de la Magistratura antes del 1 de septiembre de cada año.

Según el artículo 4 del proyecto, el organismo que selecciona y acusa a los jueces deberá evaluar que los elegidos cumplan los requisitos pertinentes y elevar los listados a la Cámara Alta para obtener el correspondiente acuerdo antes del 1 de octubre de cada año. Ese acuerdo estará vigente hasta el período siguiente.

El respaldo del Senado busca aumentar las garantías con que trabajan los subrogantes. “El requisito de inamovilidad, imbricado fuertemente en el principio de independencia y en el de su naturalconsecuencia, la imparcialidad judicial, se ve menoscabado en tanto el subrogante, no cuente, dentro de lo posible, con las suficientes garantías de manera tal que su desempeño cuente con un sistema de protección asimilable al de los magistrados designados de manera definitiva”, explican los autores del proyecto en los fundamentos del mismo.

Allí también aseguran que están “acotadas las garantías” de aquellos a quienes se instituyen jueces subrogantes, los que los coloca en una situación similar “a la de un mero funcionario y a merced de eventuales influencias”, provenientes de las partes como de otros poderes del Estado o de factores sociales de presión.

Además, los magistrados se quejan, una vez más, de “los prolongados términos” para la cobertura definitiva de los cargos, y resaltan la labor de los ejercen actualmente como jueces subrogantes, quienes “desarrollan sus funciones con absoluta responsabilidad y esmero”.

Por otra parte, el proyecto de ley pretende salvar un “defecto” de la ley 26.080, que introdujo una serie de modificaciones al funcionamiento del Consejo de la Magistratura. Entre otras cosas, esa norma sustituyó el artículo 7 de la 24.937, que en su inciso 15 determinaba que le corresponde al Consejo dictar los reglamentos que establezcan el procedimiento y los requisitos para la designación de jueces subrogantes, y que éstos últimos percibirán una remuneración equivalente a la que correspondería al titular.

Sin embargo, nada dice el proyecto sobre el plazo que estaba previsto en ese mismo artículo (12 meses más una prórroga de 6 meses más). “A la luz de la experiencia observada con las subrogancias que se han llevado a cabo a partir de su reglamentación, parece prudente no fijar plazo alguno para su ejercicio, limitándola solamente al cese de las causa que la motivaron”, plantea la iniciativa que aún no ingresó al Congreso.

La iniciativa lleva la firma de Ricardo Recondo, de la Cámara en lo Civil y Comercial Federal, Raúl Madueño y Angela Ledesma, de la Cámara de Casación, y Gregorio Corach, integrante de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Además hay varios funcionarios, jueces de tribunales orales y juzgados de primera instancia de distintos fueros.

dju / dju
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