31 de May de 2024
Edición 6978 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/06/2024

Dr. Jorge Gabriel Rizzo

Buenos Aires, noviembre 3 de 2003
Señora Directora:
Me dirijo a Ud. ante la aparición en distintos medios de la noticia sobre el supuesto borrador de un proyecto de fallo a favor de la "pesificación" de los ahorros, contrario a toda la jurisprudencia de todos los Tribunales de todas las competencias del País -Corte incluída en "Smith" y "Pcia. de San Luis", el que se atribuye a uno de los 5 genuflexos de la mayoría automática menemista, quien aún no ha sido acusado por la Cámara de Diputados de la Nación, cuestión que en breve y, necesariamente ocurrirá, -sobre el particular es menester recordar que viernes 31 la diputada Elisa Carrió presentó dos nuevos pedidos de juicio político contra el referido representante del Opus en la Corte y contra el distinguido autor de temas de familia Augusto Belluscio-. El "anticipo de jurisdicción" de Boggiano sobre su fallo en el caso "Lema" -quien lamentablemente falleciera mientras su expediente continúa durmiendo el sueño de los justos en la Corte-, es causal más que suficiente para su recusación con expresión de causa -prejuzgamiento- y, si el Dr. Boggiano tuviera don de gente, debiera necesariamente excusarse. Este sería el segundo Ministro al que le cabe tanto la excusación como la recusación con expresión de causa, por cuanto el Duhaldista y ex-presidente del Senado de la Nación, eximio jurísta con impecables antecedentes profesionales, Dr. Juan Carlos Mackeda, debiera también seguir por idéntica ruta, atento que el voto de dicho "jurisconsulto" en materia del Decreto 214 y demás cuestiones del "chiquero financiero", es inadmisible por cuanto no es éticamente admisible que sea el legislador quien determine sobre la constitucionalidad de la norma que no solo dictó, sinó que también propulsó. Sobre los fundamentos que el Dr. Boggiano habría esgrimido en su borrador para la negativa a la restitución en su moneda de origen de los depósitos en dólares de ciudadanos argentinos que fueron estafados con una ley de intangibilidad, en especial sobre la emotiva cita del "esfuerzo patriótico" que deberían hacer los ahorristas y "aceptando bonos de un país en default", es menester señalar que, si dichos argumentos fueran ciertos, el miembro de la Corte como buen Cristiano que dice ser, debiera, por ejemplo, dejar de cobrar los más de $15.000, mensuales que percibe por el lugar que ocupa y recibir sus haberes a, $600,oo que es el salario promedio de un trabajador argentino, de esta forma podría marcar caminos señeros en el seguimiento irrestricto del Concilio Vaticano II, acerca de que "sobre la propiedad privada pesa una hipoteca social", y, por ende, pondría su esfuerzo como buen representante de la Cristiandad; en segundo lugar, y así se equipararía un poco a los ahorristas estafados y confiscados, debiera restituir y donar al Banco de la Nación Argentina, el 50% de todos los suculentos salarios que vino percibiendo desde su nombramiento, tras la ampliación del número de miembros de la Corte; en tercer lugar, para demostrar su don de gente, su sencibilidad social, y su clara noción de conocimiento del sentir popular, podría presentar su renuncia, haciéndose eco del viejo axima que dice "la voz del pueblo es la voz de Dios" y, el pueblo Dr. Boggiano, exige desde hace mucho, pero mucho tiempo, la renuncia de la "mayoría automática" del Alto Tribunal, de esa forma, también podría evitar el bochorno que ocurrirá cuando se inicie el proceso en Diputados que desembocará en la acusación ante el Senado. Finalmente, una vez "renunciado", sería interesante que también declinara el "derecho" de percibir la escandalosa jubilación correspondiente a los ex-miembros del Máximo Tribunal de Justicia y así, además del esfuerzo como Cristiano, como Juez y como hombre, podría Ud. hacer el "esfuerzo patriótico" que pregona para los demás, disminuyendo sus ingresos a no más de $400,oo, equiparándose al resto de los jubilados comunes, por los grandes y eficientes servicios prestados. Eso si,


Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486