17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

Impulsan solución legislativa para causas residuales de la justicia bonaerense

Oficialmente, el Ministerio de Justicia bonaerense confirmó la elaboración y envío a la Legislatura un proyecto de ley estableciendo que las causas penales del antiguo sistema procesal penal que aún se encuentran en trámite deberán continuar bajo la órbita de los jueces de transición que hoy las tienen a su cargo, desestimando la posibilidad de que pasen al régimen hoy vigente.

 
Según informaron voceros de esa cartera, la modificación que se propicia no impedirá que dichos magistrados asuman en otros cargos previstos por ley, ya que cuentan con estructura de personal y medios ampliada, debiendo éstos tomar conciencia de que quedarán a su cargo las dos tareas jurisdiccionales.

"De esta forma se insta a otorgar mayor celeridad en la conclusión de las causas pendientes eliminando la convicción, hasta hoy instalada en la mayoría de los jueces encargados de la transición, de que cualquiera fuere el número de causas a fin de año se traspasarían a otros órganos.

Asimismo, se garantiza la finalización de la investigación por parte del mismo juez, evitando el congestionamiento y la sobrecarga de los nuevos órganos judiciales".

Cabe señalar que la instrumentación del nuevo Código, en 1998, instauró un sistema acusatorio (con oralidad y publicidad) en reemplazo del esquema inquisitorio escrito que rigió en el territorio provincial desde principios de siglo.

La reforma adjudicó la dirección y el control de la investigación de delitos al Ministerio Público Fiscal -que a su vez promueve la persecución penal, ejerce la acción y acusa en representación de la comunidad- y determinó la creación de más Fiscalías y Defensorías.

Las causas pendientes, iniciadas antes de la reforma, quedaron bajo la órbita de los jueces de transición, a quienes se les impuso plazos de finalización que fueron prorrogados sucesivamente por la Legislatura y por la Suprema Corte de Justicia bonaerense hasta el 1º de enero de 2004.

Cabe señalar que cumplido este plazo las causas residuales o de transición deberían adecuarse al Código Procesal Penal vigente, lo que implicaría su traspaso a los fiscales del nuevo régimen.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486