31 de May de 2024
Edición 6978 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/06/2024
Un caso similar con otro final

Parrilli a la española

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de España inhabilitó por un año a una jueza española que ordenó la clausura de un comercio porque no quisieron cambiarle un perfume que había comprado.

 
Se trata de María Dolores Barragán, titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Úbeda (Jaén), quien abusó de su condición de magistrada clausurando dos comercios. Por ello, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) la inhabilitó por un año por “faltas graves”.

Los hechos se iniciaron en abril de este año cuando la magistrado se dirigió a un comercio a comprar un perfume. Unos días después de realizada la transacción, Barragán volvió al comercio a devolver el producto, pues consideraba que no olía bien y podría ser falso.

En un primer momento, la empleada que la atendió, le explicó que no podía ser devuelto el perfume ya que estaba casi todo consumido, aunque luego accedió al cambio ya que se identificó como juez. Mayca Martinéz es el nombre de la empleada que la atendió, y que expresó a la prensa de ese país que Barragán “nos dijo con malas formas me lo vais a cambiar sí o sí”. Cualquier similitud con el accionar de Rosa Elsa Parrilli en nuestro país es pura coincidencia.

La gravedad del hecho radica en la actitud que tomó la magistrado al día siguiente de devolver el perfume. Ya que encontrándose de guardia envió a la Policía local a clausurar durante una semana el comercio en donde compró el perfume, y a su vez, otro comercio del mismo propietario, aludiendo un presunto delito contra la propiedad industrial a causa de la venta de perfumes falsificados.

Finalmente el fiscal de Úbeda puso el conocimiento de los hechos de la Fiscalía provincial, quien lo remitió a la Fiscalía del TSJA y éste, a su vez, lo envió hasta el Consejo General del Poder Judicial.

El CGPJ, el pasado 29, acordó sancionar a la juez por dos faltas muy graves. La sanción, se da luego de cinco de que se iniciara el expediente. Barragán fue suspendida en funciones por un año “por abuso de la condición de juez para obtención de trato favorable”. Además, se le impone una sanción de traslado forzoso a un órgano distante a más de 100 kilómetros, con la prohibición de concursar para otra plaza, también por un año, pues tuvo “inobservancia del deber de abstención a sabiendas de que concurre causa para ello”.

No obstante, el dueño de los comercios decidió no realizar ningún tipo de acciones legales, ni reclamar indemnización pues pretende “no echar más leña al fuego”. Aunque lo que queda claro es que, Parrilli parece que no es la única que considera que por el sólo hecho de se condición de juez debiera tener mayores privilegios que los demás.



dju / dju
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