En relación a este tema, hay que recordar que el proyecto inicial presentado por el jefe de Gobierno, Mauricio Macri, era mucho más restrictivo que el que finalmente se aprobó, donde se vedaba el uso de marquesinas, mesas, sillas y gigantografías como soporte publicitario, prohibición que no era aceptada por sectores ligados al comercio y a la industria publicitaria debido a las afectaciones económicas que generarían en el sector. En razón de ello, en el recinto se hicieron sustanciales modificaciones, y cuya redacción final no estará lista hasta principios de la semana que viene.
Dentro de las disposiciones de la ley, se incluye a toda actividad publicitaria que se desarrolle y se perciba en el espacio público cualquiera que sea el sistema utilizado para la transmisión del mensaje. Se considera sujetos responsables a efectos de la obligatoriedad en al aplicación de la norma, a los anunciantes, las agencias de publicidad, el titular del medio de difusión, entre otros.
Entre las modificaciones de mayor importancia, se encuentra la prohibición de la publicidad en techos y azoteas en algunas avenidas de mucho tránsito como avenida Belgrano, Córdoba, Santa Fe, e Independencia, desde el Bajo hasta Rodríguez Peña.
En cuanto a las autopistas y las vías rápidas, deberá haber 200 metros de distancia entre los carteles, la pintura deberá ser mate para que no refleje, no podrán tener más de 15 palabras, ni incluir elementos luminosos para evitar la distracción de los conductores, y de esta manera, adecuar la normativa a la ley nacional de tránsito que rige en la actualidad. Adicionalmente, se prevé que el tamaño máximo para los carteles en autopistas será de 60 metros cuadrados.
Respecto de demás estipulaciones, se establece que un anuncio no debe atentar contra la dignidad de las personas o vulnerar los derechos y garantías reconocidos en la Constitución nacional y de la Ciudad, ni contravenir las normas de tránsito, perjudicar la visibilidad de la nomenclatura de calles o señalización de interés general.
En cuanto a la publicidad situada en suelo de dominio público, será objeto de licitación pública, salvo en caso de acontecimientos y programas culturales, deportivos de singular importancia, en los que la autoridad podrá otorgar permisos especiales.
Por otro lado, pese a la oposición del Gobierno de Macri, se permitirá el “sponsoreo”, que se refiere a la colocación de publicidad en los toldos de bares y quioscos. Los afectados con estos cambios, tendrán 180 días para poner en regla sus establecimientos y ajustarse a la normativa. Vencido el plazo, la autoridad de aplicación podrá disponer la caducidad de los permisos y el retiro de los anuncios.
Fuentes cercanas a la diputada que impulsó la iniciativa, Silvia Madjalani, aclararon que hubieron varios meses de negociaciones para que el proyecto no sea tan restrictivo, y para que baje la contaminación visual de la Ciudad, por lo que indicaron que en el recinto se fueron proponiendo observaciones “que se fueron aceptando o rechazando para que haya consenso y sea votada la ley.”