17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

Intiman al Gobierno bonaerense a mejorar la Justicia de Menores

La Corte de la Provincia ordenó otorgar recursos para “garantizar la efectiva tutela de los derechos conculcados por su omisión y asegurar el normal ejercicio de la función jurisdiccional”. Fue a raíz de una denuncia que hizo la presidenta del Tribunal Oral Nº 1 de Trenque Lauquen contra el Estado provincial. FALLO COMPLETO

 
Los jueces Héctor Negri, Eduardo de Lázzari, Luis Genoud y Eduardo Pettigiani, integrantes de la Suprema Corte de Justicia la provincia de Buenos Aires, en autos caratulados “Tribunal de Menores Nº 1 de Trenque Lauquen contra Provincia de Buenos Aires. Conflicto de Poderes”, intimaron al gobierno de Daniel Scioli a que otorgue recursos a la Justicia de Menores de Trenque Lauquen para “garantizar la efectiva tutela de los derechos conculcados por su omisión y asegurar el normal ejercicio de la función jurisdiccional por quienes están llamados a desempeñarla.”

“Las sucesivas omisiones por parte de la autoridad administrativa en orden a la provisión de recursos idóneos tendientes a resguardar la integridad física y espiritual de los menores, colocaron a los mismos en un estado de indefensión y desamparo, que no se condice con las garantías que, conforme al paradigma del Estado de Derecho, propone nuestra organización constitucional”, afirmaron los magistrados.

La demanda contra el Gobierno de la provincia de Buenos Aires la inició la presidenta del Tribunal de Menores N° 1 del Departamento Judicial de Trenque Lauquen. El reclamo fue por la falta de recursos y de comunicación frente a la situación de dos jóvenes que no fueron trasladados a declarar en la fecha prevista y de quien no se sabía su lugar y estado de detención.

La Suprema Corte resaltó que los incumplimientos impidieron “llevar a cabo su cometido jurisdiccional de manera efectiva, interfiriendo de ese modo las funciones propias de su competencia”.

Junto con la obligación de brindar recursos, el Máximo Tribunal de la provincia impuso al Gobierno que en 60 días informe sobre las medidas.

“Para justificar ese déficit, se invocan -nuevamente- razones de índole presupuestaria. Considero que esa ausencia de previsión, ante las circunstancias señaladas, profundiza aún más la compleja realidad del fuero, y confirma las irregularidades denunciadas por la magistrada en la presentación que diera origen a este debate”, expresó en su voto el juez Negri.

Sobre las justificaciones de falta de presupuesto e infraestructura por parte del Gobierno, la Suprema Corte sostuvo que "no puede constituirse en justificación válida para incumplir con los mandatos que en materia de minoridad le han sido impuestos".

El magistrado De Lázzari afirmó que se trata de “una situación no por repetida menos trascendente: la de las falencias y omisiones que se evidencian en perjuicio de uno de los sectores más desprotegidos de la sociedad como es el de los menores en conflicto con la ley penal”.

“En la atención de los niños, el Estado debe valerse de instituciones que dispongan de personal adecuado, instalaciones suficientes, medios idóneos y experiencia probada en este género de tareas”, completó el ministro.

Una situación aparte

A medidos de julio en Trenque Lauquen debió haber comenzado a funcionar el fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil (ver nota aparte en esta edición). Pero la Suprema Corte postergó su inició porque el Senado no había tratado el nombramiento de fiscales y defensores.

Esa situación fue advertida por el Máximo Tribunal de la provincia en el fallo: “En lo que atañe específicamente al departamento Judicial Trenque Lauquen, y aun reconociendo el Poder Ejecutivo un marcado incremento en su territorio de hechos delictivos cometidos por menores de edad, no fue prevista, dentro del plan de obras dispuesto por el decreto 2064/04, la ejecución de ninguna de ellas en aquel departamento: circunstancia que no ha variado a la fecha, al punto que ha debido postergarse, en dicha jurisdicción, el inicio de las actividades del fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil precisamente por no encontrarse dadas las condiciones mínimas que se ha comprometido a brindar el Poder Ejecutivo”.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486