13 de May de 2024
Edición 6964 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 14/05/2024

Justicia expres: todo en 24 horas

Un juez contravencional porteño decidió homologar un pedido de juicio abreviado por el que un joven recibió una pena de un año de prisión efectiva. Lo novedoso fue que entre la detención del imputado y la sentencia pasaron 24 horas. “Lo más importante no es la condena, sino que funcionaron las herramientas de la Justicia”, le dijo a DiarioJudicial.com el magistrado. FALLO COMPLETO

 
En momentos en los que los lentos tiempos judiciales son blanco de cuestionamientos, la justicia Contravencional porteña sentó un novedoso precedente en contrario: en 24 horas, este jueves, un joven fue procesado y condenado a un año de prisión efectiva por portación ilegal de arma de fuego (artículo 189 bis CP) luego de que fuera detenido por la Policía el miércoles 30 en horas del mediodía.

La sentencia fue firmada por el juez Ricardo Baldomar, a cargo del Contravencional 18 de la Ciudad, quien homologó un acuerdo de juicio abreviado al que llegaron el fiscal Luis Duacastella y la defensora oficial Patricia López sobre el hecho atribuido a Leonardo Sánchez, de 23 años, quien fuera detenido el miércoles a las 11.15 en las inmediaciones del barrio de Liniers con un revólver calibre 32 cargado en su poder.

Según el artículo 204 del Código Procesal Penal de la Ciudad, “en cualquier momento de la investigación preparatoria” el fiscal puede acordar con el imputado y su defensor la propuesta de avenimiento, lo que ocurrió en el caso. Aunque a diferencia de la mayoría de los avenimientos que se homologan en la justicia contravencional de la Ciudad, éste tuvo lugar en el marco de la “audiencia temprana” pedida por el fiscal para imponer la prisión preventiva del imputado.

“Usamos bastante el juicio abreviado, pero no en esta instancia, sino para los casos en que no se pide la prisión preventiva del acusado”, dijo Duacastella, que le explicó a Diario Judicial.com que en autos fue posible llegar acuerdo porque “tenía todas las pruebas”: la detención en flagrancia, la requisa hecha ante testigos y los peritajes posteriores sobre el arma, que comprobaron que estaba cargada. “Así se pudo sincerar el procedimiento”, sostuvo el fiscal, que aclaró que de no haberse producido el avenimiento el caso hubiese llegado a juicio en menos de 15 días, con la posibilidad de que el imputado pueda recibir una pena mayor.

Por su parte, Baldomar, en diálogo con este medio, destacó la actuación de la defensora Patricia López en el caso, que asistió personalmente al imputado desde su detención en la comisaría, y también la labor de la fiscalía. “Lo más importante no es la condena, sino que funcionaron las herramientas de la Justicia de la Ciudad”, dijo el magistrado.

Así, Baldomar elogió al sistema judicial de la Ciudad, que da la posibilidad de someter un proceso a juicio abreviado en la etapa de instrucción, algo que no está habilitado por la normativa a nivel nacional. Y además, destacó las ventajas y las garantías que otorgan este tipo de “audiencias anticipadas”, donde están presentes las partes y se puede llegar a una solución alternativa del conflicto.

“No hay justicia cuando condenas a alguien, la hay cuando solucionas el conflicto”, concluyó en ese sentido Baldomar.

Tras la condena “express”, Sánchez fue trasladado a la Unidad 28 del penal de Ezeiza, donde ya había estado alojado cumpliendo una anterior condena impuesta por el TOC 3, donde fue declarado reincidente a raíz de otros dos procesos en su contra anteriores.

En esa dependencia del Servicio Penitenciario Federal, si bien la condena impuesta es de un año, deberá permanecer 10 meses y 28 días. Ello, porque esa anterior pena del TOC 3 fue de dos meses y Sánchez estuvo detenido tres meses en prisión preventiva, por lo que se unifican las sentencias y se le compute ese mes de más y los dos días que estuvo detenido preventivamente entre miércoles y jueves.

dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486