17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

Sin pruebas, no hay condena

La Cámara del Crimen sobreseyó a un hombre acusado de abusar de su sobrina de 14 años. La nena, que tiene un retraso madurativo importante, le contó la historia a su maestra, quien hizo la denuncia. Sin embargo, los jueces entendieron que el hecho no estaba probado. FALLO COMPLETO

 
Lo resolvió la Sala I de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “F.N.J. s/sobreseimiento”, provenientes del Juzgado de Instrucción Nº 36, a raíz del recurso de apelación interpuesto por el fiscal de la causa contra la resolución que dispuso el sobreseimiento de N.J.F.

El imputado está acusado de haber abusado sexualmente de la menor S.A.M., de 14 años de edad, quien residía junto a él, su mujer, María del Carmen, y sus tres hijos en una casa ubicada en la calle Cafayate 5388 de Lugano I y II de esta ciudad.

El día del hecho, el imputado habría aprovechado una salida de su hijos, quienes se fueron a bailar, y de su mujer, que se fue a visitar a su abuela. Todo comenzó en el interior de la habitación del imputado, donde la nena llegó por pedido expreso de su tío, quien le ordenó que se sacara la ropa, quedando ambos totalmente desnudos.

Luego, según consta en el fallo, el imputado arrojó a la menor en la cama -boca arriba- y le introdujo el pene en la vagina de la menor. Posteriormente la dio vuelta, quedando boca abajo sobre la cama, y le puso el pene en la cola, ocasión en la que habría eyaculado.

La menor dijo que su tío le pidió que no le contara a nadie lo que había ocurrido, y aseguró que el hecho se había repetido en varias ocasiones. Según las pericias, la menor presentaba un retraso madurativo poseyendo una discapacidad moderada: contaba con catorce años de edad pero su edad mental era de una niña de siete años.

El hecho se descubrió luego de que la menor le contara todo a su maestra, Valeria Caputo, dándose luego intervención a la justicia. Eso ocurrió el 11 de noviembre de 2003.

El examen ginecológico practicado a la menor, determinó que la misma presentaba una lesión a nivel del himen en hora 3, antigua, de la que no se puede determinar su data, respondiendo “al mecanismo de introducción de cuerpo duro o semiduro y de bordes romos tal como dedos, cuerpo extraño o pene en erección. Respecto a éste último, dado el tamaño pequeño de la vagina sería poco probable la penetración completa”.

Las pericias psicológicas y psiquiátricas que le realizaron al imputado determinaron que “no presenta una patología perversa polimorfa fijada ni sadismo asociado a la sexualidad como tampoco trastornos de gravedad, psicopatías, psicosis, ni debilidad mental genuina, la primera; y la segunda, que no surgen signos reveladores del padecimiento de algún cuadro psicopatológico o trastorno de personalidad que lo haga proclive a la comisión de hechos de la naturaleza del que se investiga”.

En base a las pruebas recogidas, los jueces consideraron acertada la desvinculación propiciada por el juez de grado. “Del detalle de la prueba efectuado se advierte que, los dichos de la menor en torno a las prácticas de abuso sexual de las cuales habría sido víctima, no encuentran correlato con el resultado de los informes médicos que se le practicaron”, dijeron. Por todo ello, los jueces Alfredo Barbarosch y Jorge Luis Rimondi confirmaron la resolución de primera instancia.



dju / dju
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